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El Derecho Internacional Público y la pandemia

21/07/2021
https://youtu.be/EvMJCrlFp2c

“Estamos ante una situación sin precedentes contemporáneos en el derecho internacional. En este sentido, cabe preguntarnos cómo incide la pandemia en los tratados, los contratos y el comercio internacional”, señaló el Dr. Juan Manuel Rivero Godoy —secretario del Tribunal Permanente de Revisión del Mercosur y catedrático de Derecho Internacional Público de la Facultad de Administración y Ciencias Sociales de la Universidad ORT Uruguay— durante la conferencia online "La pandemia en el marco del Derecho Internacional Público".

El evento tuvo lugar el viernes 9 de junio de 2021 y fue organizado por el Departamento de Estudios Internacionales de ORT.

El comercio internacional

El experto señaló que la pandemia implicó una flexibilización comercial. “¿Cómo la pandemia distorsiona el comercio internacional? Desde este punto de vista, tenemos una visión típicamente doméstica o soberana, y una visión cooperativista.

Hoy en día hay una tendencia a la primera visión, se ha dado una cierta prevalencia del derecho interno por sobre el derecho internacional. La visión doméstica supone un retroceso a nivel de cumplimiento de tratados y contratos. Los Estados responden a una lógica interna”.

Los tratados internacionales

El experto mencionó que existe la posibilidad de suspender o terminar los tratados internacionales por la incidencia del COVID-19. Ante un cambio fundamental en las circunstancias, podrá terminarse el tratado si:

  • La existencia de esas circunstancias constituyera una base esencial del consentimiento de las partes.
  • Que ese cambio tenga por efecto modificar radicalmente el alcance de las obligaciones a las que las partes se comprometieron.

Los contratos internacionales

“¿Qué pasa en materia de contratos internacionales? Hay que hacer una diferenciación. Por un lado, tenemos los tratados, que normalmente se realizan entre Estados. Por otra parte, los contratos, que se pueden llevar a cabo entre los Estados y organismos privados. En los contratos, la pandemia implicó la renegociación, el atraso en los cumplimientos y el aumento de conflictividad”.

La readaptación

“El coronavirus plantea esquemas de adaptación desde el derecho internacional. Es difícil avizorar grandes cambios. La pandemia ha supuesto restricción, suspenso, cierre de fronteras. No ha sufrido una pausa, pero sí cierta cautela, cierto congelamiento, y, en definitiva, un estado de excepcionalidad”, afirmó Rivero Godoy.

“La pandemia supone incertidumbre, un desequilibrio no previsto, pero no supone un caos total. Implica que el derecho internacional, para ser de utilidad, readapte herramientas que ya existían a las nuevas circunstancias”.

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