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Modificaciones tributarias de la ley de Rendición de Cuentas analizadas por destacados docentes

18/10/2016
Profesores de la Escuela de Postgrados participaron de mesa redonda.
Modificaciones tributarias de la ley de Rendición de Cuentas analizadas por destacados docentes

El viernes 14 de octubre de 2016 tuvo lugar la mesa redonda “Modificaciones tributarias relevantes de la Rendición de Cuentas”, la cual formó parte del Ciclo de Charlas de Management y Negocios que organiza la Escuela de Postgrados de la Facultad de Administración y Ciencias Sociales. El evento contó con una masiva asistencia de 160 personas que colmaron las instalaciones del Auditorio del Campus Pocitos y dos salones adicionales con circuito cerrado de video y audio.

El evento fue moderado por el Cr. Félix Abadi, catedrático de Impuestos de la Universidad ORT Uruguay y socio del Estudio Rueda Abadi Pereira y SMS Uruguay, y el panel contó con la participación del Cr. Federico Camy (Guyer&Regules), la Cra. Martha Roca (EY), el Dr. Gianni Gutiérrez (Ferrere Abogados) y la Cra. Patricia Márquez (PwC), todos integrantes del cuerpo docente de los postgrados en impuestos de la Escuela de Postgrados y con amplia experiencia profesional en materia tributaria.

Durante la conferencia los oradores abordaron las principales modificaciones fiscales incluidas en el proyecto de ley (solo restan las firmas finales para que se transforme en ley) y compararon las diferentes etapas del discusión legislativa hasta llegar a la versión actual, la cual entienden será la definitiva.

Dividendos fictos, deducibles y sociedades personales

Para la Cra. Patricia Marques, tras analizar el proyecto de ley de Rendición de Cuentas, “quedan algunas dudas que la reglamentación deberá aclarar”. La experta repasó las modificaciones previstas para los dividendos y la creación del “dividendo ficto”, el cual explicó cómo se calcula y qué se buscó gravar con este cambio.

Marques también enumeró los deducibles contemplados en el proyecto, como rentas reales, dividendos ya distribuidos, inversiones en participaciones patrimoniales de entidades residentes, inversiones en activos fijos intangibles e inversiones en capital de trabajo cumpliendo con ciertas exigencias.

“La norma va a dejar incertidumbre”, afirmó el Cr. Federico Camy. Para el docente, el proyecto de ley asume que el accionista tiene derecho al dividendo desde su generación. “El derecho nace cuando el órgano social competente vota la distribución”, aseguró.

Camy además expuso sobre la incorporación del concepto de “utilidades” a las empresas unipersonales contribuyentes de IRAE, que hasta el momento estaba ausente. La nueva normativa mantiene la exoneración del impuesto a las empresas cuya facturación esté por debajo de los 4 millones de Unidades Indexadas.

Responsabilidad y recaudación

El Dr. Gianni Gutiérrez analizó las modificaciones que plantea el proyecto de ley respecto a la responsabilidad de las empresas sobre los impuestos de terceros. Gutiérrez dijo que “la Administración cambia la ley para legitimar su actuación” y apuntó que la Dirección General Impositiva (DGI) ha perdido muchos casos por hacer solidaria a una empresa por los impuestos de otra.

Gutiérrez dijo que estos casos surgen cuando la autoridad considera a dos empresas como un único conjunto económico, basado en criterios como el vínculo de parentesco entre los accionistas de las empresas. Esta interpretación ha resultado en 24 fallos del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, todos en desacuerdo con lo actuado por la DGI.

“El objetivo es proteger la recaudación pero estamos exagerando; estamos minando la seguridad jurídica”, señaló. “El imputado tiene que defenderse de algo que no está definido claramente”.

La Cra. Martha Roca analizó los cambios que propone la normativa respecto a las deducciones de pérdidas fiscales. La redacción del actual proyecto propone limitar la deducción de estas pérdidas al 50% de la renta neta; así, una empresa con pérdidas por $100 que tenga una renta neta de $50 solamente podrá deducir $25, y además no se ha contemplado extender la vigencia de las mismas, con lo cual podrían caducar antes de ser utilizadas.

“Esto cambia las reglas de juego para empresas con pérdidas y que se vayan a instalar” afirmó Roca. Y recordó además varios episodios de cambios recientes en la reglamentación vinculados al ajuste por inflación, que en definitiva dejará de tener vigencia a partir de la aprobación de la ley de Rendición de Cuentas.

Los expositores coincidieron en varias críticas al proyecto, especialmente en el afán recaudatorio que motiva varias de las modificaciones.

En este sentido, el Cr. Federico Camy indicó que “el principal perdedor de estos cambios es la empresa unipersonal”, mientras que “el ganador es la empresa prestadora de servicios personales contribuyente de IRAE”, particularmente las que operan en el rango de ingresos de cero a dos millones de Unidades Indexadas.

Para el Cr. Félix Abadi, resulta claro que el proyecto de ley “es una norma fiscalista, que desalienta proyectos a largo plazo”. “Esta consolidación fiscal está recayendo en rentas de trabajo”, dijo y apuntó que la normativa propuesta “perjudica y premia injustificadamente”, revelándose como una suerte de “tómbola fiscal”.

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Modificaciones tributarias relevantes de la Rendición de Cuentas

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